ENFERMERÍA PENITENCIARIA
04 Sep 2008 

Enfermería penitenciaria



Dentro del mundo de la enfermería podemos encontrar múltiples campos de intervención conocidos; urgencias, atención primaria, atención hospitalaria, sociosanitaria,etc…  Por otro lado también tenemos otros campos de intervención menos conocidos pero no por ello inexistentes, uno de ellos el que da lugar a este blog, el campo de intervención penitenciario.


La Ley Orgánica General Penitenciaria dictamina que las personas privadas de libertad en el estado español tienen derecho a una asistencia sanitaria de similar calidad a la percibida por las personas que guardan intactos todos sus derechos jurídicos. De esta manera se garantiza a través de la propia institución penitenciaria la prestación de la asistencia sanitaria a nivel de atención primaria, así como la continuidad de cuidados necesarios y la atención ante urgencias. Los servicios especializados como ; atención hospitalaria, interconsultas, etc son prestados a través de convenios con los distintos servicios autonómicos de salud y se prestan o bien con la visita periodica de profesionales en los mismos centros penitenciarios o con salidas en regimen de custodia de los internos a los estamentos sanitarios.


Centrandonos en la parte de la cadena que nos interesa (la asistencia dentro de la institución penitenciaria) dicha asistencia se presta por varios tipos de profesionales; médicos y enfermeros en la categoría de personal funcionario, y auxiliares de enfermería y farmaceúticos en la categoría de personal laboral.


En el cuerpo que nos atañe (enfermería de instituciones penitenciarias) los cuidados de enfermería son proporcionado por los “ATS de instituciones penitenciarias” (según BOE del cuerpo y de oposición). El requisito para acceder al mismo es encontrarse con el título de diplomado en enfermería, ser español y pasar un proceso selectivo que a diferencia de los procesos de las comunidades autónomas (concurso-oposición), en este caso es oposición libre (es decir sólo cuenta el aprobado en los examenes). Una vez superados los 3 examenes de los que consta el proceso se realiza un curso también selectivo aunque en menor envergadura, y tras ejercer varios meses como funcionario en prácticas en un centro penitenciario, pasamos a ser funcionarios de carrera del ministerio del interior.


Las principales actividades que realiza el enfermero penitenciario están divididas en dos vertientes; como agente de salud y en el nivel asistencial.


Como agente de salud podemos citar a modo de ejemplo; educación para la salud individual y grupal, realización de programas de seguimiento a enfermos crónicos donde se aporten elementos de asesoramiento y apoyo, así como seguimiento de internos con patología psiquátrica.


Dentro del nivel asistencial nos encontramos con; atención a urgencias, curas, preparación y dispensación de medicación y metadona, etc..


Todo dependerá de la organización del centro en el que trabajemos, de la plantilla de profesionales y las características intrínsecas del centro y del perfil del interno que albergue.


Espero desde estas lineas, encontréis la información adecuada sobre nuestras funciones y sobre la manera de acceder al cuerpo.


En la sección de enlaces podéis encontrar direcciones de interés como la que os llevará a nuestro foro para participar con dudas y comentarios.


Un saludo.




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